El Ruido es uno de los más poderosos contaminantes
1.-La legislación ambiental en nuestro continente es variada, dispersa y confusa.
2.- Se distinguen tres tipos de normas:
- Adaptación de la legislación higienista del siglo xx en lo atinente a la protección de paisaje, fauna y flora.
- Base ecológica de dimensión sectorial: agua, aire, ruido.
- Interrelación de los factores en juego: normativas integrales por medio de la codificación o leyes marco.
3.- Se procura evitar la modificación brusca de las condiciones meteorológicas por regiones.
4.-
Existe un cambio de conciencia en todos los países hacia la
consideración y respeto de su flora, fauna y de los demás bienes de la
naturaleza, así como para la adopción de conductas de resguardo
ambiental y de defensa y mejora de la calidad de vida. Todavía se
desconoce o se pretende ignorar la verdadera dimensión de ciertas
explotaciones económicas y de la producción como factores para
motorizar la "riqueza" y ponerla al servicio del hombre (esto es, de su
ambiente de su salud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario